domingo, 30 de octubre de 2011

LFT - Prima dominical

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Artículo 71.- . . . . .

Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

En este archivo Excel, se presenta la propuesta de cálculo de la Prima dominical.

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2 comentarios:

  1. Mi estimado, considero que falto que mencionaras el día de descanso (lunes) $100.00, quedaría entonces así Semana total: $725.00

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    1. Segun entiendo yo, los $100 pesos a los que se refiere el ejemplo.

      Ya esta incluido la parte proporcional del septimo dia asi como el pago de dias de descanso obligatorio.

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