domingo, 25 de marzo de 2012

LSS - Sujetos del régimen obligatorio del Seguro Social.

-
El art 12, LSS, estipula que son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio:
I. Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones;
II. Los socios de sociedades cooperativas, y
III. Las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo, bajo los términos y condiciones que señala esta Ley y los reglamentos correspondientes.

___________________________________________________________________________________
-

domingo, 18 de marzo de 2012

LSS - Seguros que cubren las cuotas obligatorias del SS

-
El régimen obligatorio del seguro social comprende los seguros de:
I. Riesgos de trabajo;
II. Enfermedades y maternidad;
III. Invalidez y vida;
IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y
V. Guarderías y prestaciones sociales.
Fundamento: art 11, LSS.

__________________________________________________________________________
Lección anterior: LSS - Introducción
-


domingo, 11 de marzo de 2012

LSS - Introducción

-
Existen términos o conceptos que se utilizan en la LISR y en la LSS que pueden ocasionar confusión, por lo que a continuación hacemos la distinción de aquellos:

- Exento y gravado.
Estos términos son para efectos de LISR; y se refiere a los pagos hechos a los trabajadores por los cuales no se calcula (exento) o si se calcula (gravado) el ISR;

- Integrante y no integrante.
Estos son para efectos de LSS; y se refiere a los pagos hechos a los trabajadores por los cuales se incluyen (integrante) o no se incluyen (no integrante) en el cálculo del salario base de cotización, el cual a su vez éste sirve para efectos de calcular las cuotas obrero-patronales del SS.

___________________________________________________________________________________
Lección siguiente: LSS - Seguros que cubren las cuotas obligatorias del SS.
-

domingo, 4 de marzo de 2012

Cálculo de Subsidio para el empleo

-
En el art Octavo del Dereto que establece el Subsidio para el empleo, publicado en el DOF del 1-Oct-2007, se otorga un subsidio a los contribuyentes que perciban ingresos a que se refieren el primer párrafo o la fracción I del artículo 110 de la LISR (trabajadores), excepto los percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación, gozarán del subsidio para el empleo que se aplicará contra el impuesto (ISR) que resulte a su cargo en los términos del artículo 113 de la misma LISR. El subsidio para el empleo se calculará aplicando a los ingresos que sirvan de base para calcular el ISR que correspondan al mes de calendario de que se trate, la siguiente:

Monto de ingresos que sirven de base para calcular el impuesto

Para ingresos de
$
Hasta ingresos de
$
Cantidad de subsidio para el empleo mensual
$
0.01
1,768.96
407.02
1,768.97
2,653.38
406.83
2,653.39
3,472.84
406.62
3,472.85
3,537.87
392.77
3,537.88
4,446.15
382.46
4,446.16
4,717.18
354.23
4,717.19
5,335.42
324.87
5,335.43
6,224.67
294.63
6,224.68
7,113.90
253.54
7,113.91
7,382.33
217.61
7,382.34
En adelante
0.00


Al Impuesto Sobre la Renta calculado
Menos (-) Cantidad de subsidio para el empleo
Igual a (=) ISR neto; en caso de que el ISR sea mayor
Igual a (=) Subsidio neto; en caso de que el ISR sea menor
en este enlace se encuentran las tablas por periodo a aplicar para cada año


________________________________________________________________________
Fin de la segunda parte.
-