martes, 11 de septiembre de 2012

Infonavit - Amortizaciones (crédito a trabajadores)

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A continuación se explica la manera que se debe proceder a efecto de iniciar el descuento en nómina y el pago en el S.U.A. (Sistema Unico de Autodeterminación) a los trabajadores por concepto de amortización de créditos que el Infonavit les otorga.

Existen dos maneras de iniciar el descuento y pago:
1 - Que el trabajador nos entregue el Aviso para Retención de Descuento, que le expide el Infonavit al momento en que realizó el trámite de crédito, con los datos del trabajador y los de descuento; y
2 - Que en la Propuesta de Cédula de Determinación de cuotas bimestrales al Infonavit que el IMSS notifica de manera personal o por medio del I.D.S.E. (Imss Desde Su Empresa), aparece el trabajador con los datos de descuento por amortización.

1 - Procedimiento para el caso de Aviso para Retención de Descuento.
En Nómina
- se deberá iniciar el descuento al trabajador en nómina a partir de la fecha que el Aviso indique; normalmente es al día siguiente de la recepción por parte de la empresa;
- el importe a descontar también se indica en el Aviso.
En S.U.A.
- se deberá capturar en el SUA los datos del Aviso en el trabajador correspondiente a partir del mismo día que se indica en el Aviso.
Conciliación
- se deberá realizar una conciliación entre los importes de las nóminas del bimestre y el importe que aparece como amortización en el SUA o Cédula de cuotas que notifica el IMSS;
- en caso de diferencias, se deberán ir ajustando los importes de descuento en las nóminas del bimestre siguiente.

2 - Procedimiento para el caso de notificación de Propuesta de Cédula.
Ejemplo: Bimestre de la Cédula Julio-Agosto
En Nómina
- se deberá iniciar el descuento a partir de la primera nómina del bimestre siguiente (Sep-Oct) al que corresponda la propuesta de cédula (Jul-Ago); lo anterior se debe a que durante los meses al que corresponde la propuesta de cédula, NO teníamos conocimiento de que el trabajador tenía descuento por amortización; adicionalmente, nos enteramos del descuento hasta el momento en que el IMSS notifica la propuesta de cédula, la cual normalmente se lleva a cabo en la primera o segunda semana del primer mes del bimestre siguiente (Sep) al que corresponde la cédula (Jul-Ago).
- En S.U.A.
- se deberá capturar el descuento a partir del día 1 (uno) del bimestre siguiente (Sep-Oct) al que corresponda la propuesta de cédula (Jul-Ago); lo anterior se debe a que durante los meses al que corresponde la propuesta de cédula (Jul-Ago), NO teníamos conocimiento de que el trabajador tenía descuento por amortización.
Conciliación
- se deberá realizar una conciliación entre los importes de las nóminas del bimestre en que se inicia el descuento (Sep-Oct) y el importe que aparece como amortización en el SUA o Cédula de cuotas que notifica el IMSS del mismo bimestre (Sep-Oct);
- en caso de diferencias, se deberán ir ajustando los importes de descuento en las nóminas del bimestre siguiente.

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