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Artículo 67.- . . . . .
Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.
En esta hoja de ayuda se encuentra el cálculo de las horas extras dobles.
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Lección anterior: LFT - Horas extras.
Lección siguiente: LFT - Horas extras triples.
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